martes, 11 de agosto de 2015

“Lo que se desconoce de la elección 2015, ANTORCHA MIENTE!! Es la historia sin fin”…..


Por Jessica Teresa Aguilar Castillo


Con la reforma político electoral de 1977 en México, comenzó el proceso de transición democrática en nuestro país, pasamos de un esquema de partido hegemónico a un modelo pluripartidista. Con ello y a partir de ello, existe una diversidad de partidos políticos.

La consolidación de la izquierda ha sido un  proceso paulatino, un proceso de lucha constante, de combate hacia un régimen opositor y una minoría que poco a poco se ha ido apropiando de las instituciones, organismos y del poder político cuya lucha siempre ha estado encaminada a la acumulación de la riqueza de unos cuantos.

En Texcoco el panorama político ha vislumbrado una ciudadanía consciente, exigente de mejorar el entorno en el que vive. Es un orgullo y un gran compromiso saber que en repetidas ocasiones los texcocanos han elegido como opción a la izquierda.

El Proceso Electoral 2015 demostró nuevamente que la ciudadanía texcocana está preocupada por el entorno político, social y económico de su municipio. Hoy, Texcoco será gobernado por MORENA, un partido político que rompe paradigmas, que deja de lado estereotipos políticos antaños, ambiciones y demuestra una dualidad,  la partidista y su origen como movimiento social.

MORENA ha demostrado con millones de votos consientes un cambio radical. Se ha consolidado como primera, segunda y tercera fuerza electoral en el D.F, en estados y municipios de México.

El 18 de junio la representación de MORENA en Texcoco interpuso un escrito de tercer interesado, en respuesta a un Juicio de Inconformidad presentado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI- Antorcha), mismo que solicitaba la impugnación de los resultados de la elección de Ayuntamiento de Texcoco.

El PRI- Antorcha cuyo candidato era el líder antorchista Brasil Alberto Acosta Peña, interpuso dicho Juicio de Inconformidad argumentando que en las mesas directivas de casillas hubo sustitución de funcionarios en el inicio de la jornada electoral, y que los funcionarios tomados de la fila, no aparecían en la lista nominal. Sin embargo, contrario a lo que afirman los antorchistas, los ciudadanos que sustituyeron a funcionarios de casilla por las diversas hipótesis que se contempla el artículo 306 del Código Electoral del Estado de México, si aparecen en la lista nominal. De lo contario, el Instituto Nacional Electoral a través de sus capacitadores electorales jámas hubiera permitido integrarlos en las mesas directivas de casillas.

Dicho argumento se sustenta en la Tesis de Jurisprudencia XIX/97, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación:

SUSTITUCIÓN DE FUNCIONARIOS EN CASILLAS. DEBE HACERSE CON PERSONAS INSCRITAS EN LA LISTA NOMINAL.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 213, párrafo 1, inciso a), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuando la mesa directiva de una casilla no se complete con los funcionarios designados que asistan y los suplentes que se presenten, el presidente habilitará para los puestos vacantes a electores que se encuentren en la casilla, que desde luego deben ser de los inscritos en la lista nominal correspondiente y no estar impedidos legalmente para ocupar el cargo, ya que con esto se garantiza la acreditación de la generalidad de los requisitos que exige el artículo 120 del ordenamiento mencionado, especialmente los precisados en los incisos a), b), c) y d); de manera que no es admisible la designación de personas distintas, que por cualquier circunstancia se encontraran en ese sitio.


Antorcha pretendía a través de su Juicio de Inconformidad anular la votación de las casillas en las secciones electorales y por las siguientes causas:








Ahora, hago hincapié en el siguiente cuadro, en donde se muestra que los ciudadanos antes mencionados, si se encuentran en la lista nominal y por consiguiente participaron de manera legal en la jornada electoral.


Nombre
Está en Lista Nominal
Sección Electoral
Casilla
Página en L. N.
Numeración en lista nominal
DIAZ ROJAS MARIA MARGARITA
SI
4618
CONTIGUA 1
9
172
GARCIA AVILA ERNESTO TADEO
SI
4618
CONTIGUA 1
23
476
GUTIERREZ MONTES DE OCA MARIA REYNA IRMA
SI
4619
BASICA
20
402
VENEGAS ALFARO JASMANY
SI
4619
CONTIGUA 1
23
472
BLANCAS GARCIA JOSE ALBERTO
SI
4619
BASICA
5
97
SANCHEZ MENDIETA JULIANA ATZIRY
SI
4617
CONTIGUA 4
1
7
GARCIA RAMIREZ VICTOR
SI
4617
CONTIGUA 1
15
456
CERVANTES LOPEZ GUILLERMINA
SI
4622
BASICA
11
227
BARCENAS CHAVEZ MARIA DE LOURDES
SI
4623
BASICA
6
106
GARCIA GLORIA EDGAR EDUARDO
SI
4623
BASICA
24
492
CARRASCO HERRERA MARIA GUADALUPE
SI
4623
BASICA
8
162
GARCIA RAMOS BASILISA MACRINA
SI
4623
BASICA
24
517
GAMEROS VARGAS BLANCA ESTELA VIRGINIA
SI
4627
BASICA
28
585
BURGOS RODRIGUEZ LUIS RICARDO
SI
4627
BASICA
10
192
BLANCO PEDRAZA MA HILARIA
SI
4629
BASICA
19
398
MARTINEZ GOMORA RITA
SI
4629
CONTIGUA 2
28
581
HERNANDEZ ORDOÑEZ MARIA GRACIELA
SI
4629
CONTIGUA 2
13
259
FLORES VALLE MARIA DOLORES
SI
4634
BASICA
18
368
GONZALEZ BAUTISTA GILDA
SI
4631
CONTIGUA 1
6
115
ESPINOSA MENDEZ PAULA LORENA
SI
4635
CONTIGUA 1
16
326
CELIS ALTAMIRANO MARIA DEL CARMEN VICTORIA
SI
4635
BASICA
28
579
BUENDIA AYALA VERONICA
SI
4637
BASICA
11
224
MALDONADO MENDEZ MYRIAM
SI
4638
CONTIGUA 1
1
15
ACOSTA CONTRERAS CANDELARIO
SI
4654
BASICA
1
6
VELAZQUEZ ROSAS MARIA VIRGINIA
SI
4660
CONTIGUA 1
22
448
VARGAS MORENO ALFREDO
SI
4661
CONTIGUA 3
21
421
LOPEZ DURAN VERONICA
SI
4664
CONTIGUA 1
21
425
ESPINOSA FERNANDEZ ERNESTO
SI
4664
BASICA
28
585
BUSTAMANTE GARCIA JOSE ALFREDO
SI
4658
BASICA
16
316
ESPEJEL MENDOZA LAURA MARIA
SI
4669
BASICA
22
445
GALAN FLORES LAURENTINA VERONICA
SI
4670
CONTIGUA 1
5
92
MARTINEZ ALVA MA DE LA LUZ
SI
4631
BASICA
18
371
RODRIGUEZ LEAL MARIA SILVIA
SI
4687
CONTIGUA 1
16
331
CANDIA DAVID CATARINO
NO
4653
CONTIGUA 2
 22
454
HERRERA ARPIDES JAZMIN
NO
4664
BASICA
 6
119
CUELLAR VALDEZ LUZ MARIA
NO
4669
CONTIGUA 2
 13
260
XX OFELIA RUFINA
NO
4676
CONTIGUA 2
 13
271


Brasil Acosta se ha dedicado a mentirle a la ciudadanía a través de sus camionetas con pantallas –¡por cierto!, la renta de las camionetas es muy elevado-,  acusa que MORENA realizó actos ilegales para obtener el triunfo en la elección del Ayuntamiento de Texcoco.

En el presente Juicio de Inconformidad también menciona que en las mesas directivas de casilla hubo funcionarios públicos, que las actas de escrutinio y computo no fueron firmadas por los funcionarios de la mesa directiva, presión a los funcionarios de la mesa directiva, error en el conteo del computo. Ante ello, MORENA comprobó nuevamente que los argumentos imputados por antorcha ¡son falsos!, ¡Antorcha miente!. Las apreciaciones de antorcha son  incorrectas toda vez que son argumentaciones  vagas, genéricas e imprecisas, pues son simples relatos de hechos que presuntamente sucedieron durante la jornada electoral en las casillas.

En el documento no se precisan las circunstancias de modo tiempo y lugar, aunado a que no existen pruebas que demuestren lo que presuntamente ocurrió. Sus argumentaciones son frívolas y temerarias al no tener hechos comprobables.
Es por ello, que la ciudadanía debe saber que los actos de proselitismo y politiquería barata que realizó Brasil Acosta en días pasados, no son más que hechos infundados, provenientes de una derrota contundente, misma que se demostró en las urnas el pasado 7 de junio.

La votación de MORENA en el municipio de Texcoco fue de 47,828 votos, mientras que la Coaliación (PRI, Nueva Alienza, Verde y Antorcha) fue de 30,675 votos. Todos los recursos de impugnación, así como quejas interpuestas por la Coalición Antorchista fueron resueltas por el Tribunal Electoral como hechos infundados. Las acusaciones realizadas por el líder antorchista pretendieron siempre modificar el resultado de la elección. Sin embargo, ninguna de las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral fue determinante para que ellos pudieran obtener el primer lugar. Los números de los expedientes de los procedimientos especiales sancionadores son: PES/38/2015, PES/100/2015, PES/147/2015, PES/149/2015, más el juicio de inconformidad. 

En el contenido de dichos expedientes están las denuncias contra servidores públicos de la Administración Pública Municipal, al igual que una denuncia contra el Dr. Higinio Martínez (Candidato electo a la presidencia municipal de Texcoco), sin que ninguna de ellas procediera, todas fueron declaradas infundadas e improcedentes por no contar con los argumentos que imputen verdaderamente y directamente un delito electoral.

En Texcoco a través de la representación de MORENA presentamos una serie de quejas contra el movimiento antorchista–priista, la más destacada fue una por el rebase de gastos de campaña, muy notorio del candidato Brasil Alberto Acosta Peña. También, denunciamos el ingreso al padrón y lista nominal de gente proveniente de otros municipios para que votaran de manera ilegal en Texcoco, sabiendo que su municipio de origen era otro, el llamado “Turismo Electoral”. Estrategia que ya comienza nuevamente para la próxima elección de Gobernador del Estado de México. Lo que resta decir es que seguiremos exhibiendo las anomalias, fraudes y mentiras de una asociación política que pretende apropiarse del municipio. 

¡Fuera Antorcha de Texcoco!